Temas legales
En la época anterior a Internet, los científicos no prestaban mucha atención a la cuestión de la propiedad intelectual de sus textos luego de su publicación, por ejemplo, en una revista.
Con la llegada de Internet - y especialmente el advenimiento de la edición de acceso abierto y el autoarchivo en repositorios de acceso abierto - las posibilidades de diseminación y utilización del conocimiento académico han aumentado enormemente. Los autores deben tener ahora una mayor conciencia de quién tiene (o debería tener) qué derechos sobre su propio trabajo publicado. Esta conciencia es aún más aconsejable en la medida en que las financiaciones más importantes nacionales e internacionales de la investigación han incorporado principios de acceso abierto en sus directrices de política.
Por ejemplo, las directrices para el acceso abierto de la Fundación Alemana de Investigación (DFG) declaran:
"La DFG espera que los resultados de investigación financiados con sus recursos sean publicados, de ser posible digitalmente, y que sean accesibles libremente en Internet. Para esto, las contribuciones en cuestión deben depositarse en repositorios institucionales o temáticos luego de su publicación convencional, o publicarse directamente en revistas de acceso abierto reconocidas o con referato.
Cuando establezcan acuerdos de publicación, los científicos que participan en proyectos financiados por DFG deben buscar garantizar la reserva permanente de una explotación no exclusiva del derecho a archivar electrónicamente sus resultados de investigación con acceso abierto. Pueden acordarse embargos específicos según las disciplinas, generalmente de 6-12 meses, para impedir el depósito de los resultados de investigación publicados en repositorios temáticos o institucionales hasta después de la expiración del período de embargo". (Traducción de la versión en inglés)
Ya que la información detallada sobre temas legales [en alemán] acerca del depósito en repositorios está disponible en el portal open-access.net, nos limitaremos a unos pocos puntos importantes[1]:
1. Si está interesado en depositar retrospectivamente en SSOAR un artículo ya publicado en una revista de acceso restringido, para ponerlo a disposición de un público (académico) lo más amplio posible:
- Verifique si las políticas de acceso abierto del editor ya están disponibles en la base de datos SHERPA/RoMEO, un proyecto dirigido actualmente por SHERPA: Securing a Hybrid Environment for Research Preservation and Access (Asegurar un entorno híbrido para la preservación y el acceso a la investigación). Ya hay muchos editores que permiten a los autores archivar sus manuscritos en repositorios de texto completo en paralelo, o con posterioridad, a su publicación.
- Si la revista o editor en cuestión no está (aún) en la lista de SHERPA/RoMEO, el derecho del autor al autoarchivo en SSOAR debe determinarse individualmente. Los respectivos acuerdos de publicación son decisivos en este caso.
- Bajo la ley alemana, en ausencia de acuerdo de publicación explícito, el editor adquiere un derecho exclusivo de explotación para reproducir y distribuir el trabajo. Sin embargo, un año después de la publicación, este derecho se vuelve no exclusivo, y permite por lo tanto depositar el artículo en SSOAR (para más informaciones, ver open-access.net [alemán]).
- Algunos editores actualmente permiten autoarchivo (inmediato) en repositorios de acceso abierto en ciertas condiciones. Con frecuencia requieren que se agregue una declaración cuando se deposita el manuscrito. La política de SSOAR es citar los lugares originales de publicación de tal manera que los lectores puedan contactar directamente a los editores a través de enlaces, cuando es posible. A veces, sin embargo, el editor exige un cierto estilo de cita. Por ejemplo:
"Al archivar en servidores de documentos, por favor proporcione los siguientes detalles bibliográficos: Publicación de autor © Editor A., 2007. Esta versión pertenece al autor y ha sido archivada con la autorización del editor A. La versión original fue publicada en la Revista B, volumen C, nº D, mes E, año F. DOI: enlace G"
Los autores cuyos acuerdos de publicación incluyan estos requisitos deben asegurarse de citarlos cuando presenten un manuscrito a SSOAR.
2. Si está interesado en autoarchivar retrospectivamente en SSOAR a) una contribución publicada en un libro o b) una monografía:
En el caso a), si el contrato no prevé lo contrario y no hubo remuneración por la publicación original, puede depositar la contribución en SSOAR un año después de su publicación [1].
Según la ley alemana, en el caso b) no hay provisiones estatutarias que rijan la distribución en línea. Las monografías y otros tipos de manuscritos publicados antes de 31.12.1994 pueden archivarse sin restricciones. Como la distribución electrónica no existía en ese momento, los autores no podían conceder derechos de explotación por ese medio. Así, los derechos de distribución electrónica están en manos de los autores. En otras palabras, las obras pueden estar disponibles al público en línea de no mediar provisiones contractuales en sentido contrario (esto no se aplica si se estableció un acuerdo sobre distribución digital retrospectivamente). En el caso de las monografías publicadas después de 31.12.1994, conviene preguntar al editor. Puede suceder que el editor ya no disponga de la monografía, o no tenga objeciones a su archivo en SSOAR ya que la mayor accesibilidad puede estimular la demanda por la publicación impresa.
3. Si está interesado en depositar una monografía en SSOAR para ponerla a disposición del público por primera vez.
Actualmente muchos textos, como las ponencias, sólo están disponibles digitalmente a través de repositorios electrónicos. Desde un punto de vista legal, es especialmente importante que se respeten las regulaciones doctorales de las correspondientes universidades en esta instancia. Si está planeando poner a disposición libremente su trabajo en paralelo con la publicación impresa, esto debe quedar documentado en el acuerdo de publicación. Muchos editores, por ejemplo universitarios, ya ofrecen explícitamente este modelo híbrido de publicación. A menudo vale la pena mencionar al editor el deseo de poner el trabajo a libre disposición en línea en paralelo con la publicación. Algunos editores están abiertos a la posibilidad ya que la distribución paralela en acceso abierto a menudo estimula la demanda de la versión impresa. Es esencial que el documento esté disponible al público bajo una licencia de contenido abierto, que regula y asegura la defensa de sus derechos respecto de los usuarios de la versión en línea. Puede obtener información sobre las diversas licencias disponibles al depositar su documento en SSOAR.
Si en el futuro está interesado en publicar su trabajo en una revista de acceso restringido porque no existe una revista de acceso abierto conveniente, pero quiere evitar la incertidumbre legal y proteger por adelantado su derecho al depósito complementario o retrospectivo en SSOAR o cualquier otro repositorio de acceso abierto, debe asegurarse de que en el acuerdo de publicación el editor sólo tenga un derecho de explotación no exclusiva o que el autor se reserve un derecho no exclusivo de explotación para autoarchivar los resultados de investigación en un repositorio digital.
[1] queremos destacar que los siguientes escenarios describen la situación bajo la ley alemana. Se proporcionan con el propósito de informar únicamente, no constituyen una asesoría legal y no deben tomarse como tales.
[1] queremos destacar que los siguientes escenarios describen la situación bajo la ley alemana. Se proporcionan con el propósito de informar únicamente, no constituyen una asesoría legal y no deben tomarse como tales.



